6 preguntas clave para el cumplimiento de la LOPD

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) se ha caracterizado desde su entrada en vigor en el año 1999, por una falta de cumplimiento sistemático por parte de las empresas y autónomos que están sujetos legalmente. Existe la falsa impresión de que la mera inscripción de los ficheros de datos personales ante la Agencia de Datos Personales implica el cumplimiento de dicha regulación. Nada más lejos de la realidad. A lo largo de los 158 artículos del RD 1720/2007 que desarrolla la Ley, aparecen las múltiples medidas que deben de cumplir el 99% de las pymes y autónomos de nuestro país.

Hágase alguna de las siguientes preguntas, que son una pequeña parte de las medidas obligatorias a cumplir:

  1. ¿Han dado de alta ante la Agencia de Protección de Datos (AGPD) los ficheros que utilizan datos personales? (ficheros de clientes, proveedores, personal, publicitarios, etc)
  2. Si tienen un formulario de contacto en su página web, ¿Han incorporado los textos legales para la recopilación de datos personales?
  3. ¿Tiene cámaras de vigilancia en su establecimiento?. ¿Ha declarado este fichero ante la AGPD? ¿Qué hace con las grabaciones?
  4. ¿Han firmado sus trabajadores un contrato de confidencialidad y de deber de secreto?
  5. ¿Tiene firmado un contrato por escrito específico con su asesoría laboral, para el tratamiento de las nóminas de sus trabajadores?
  6. ¿Envía publicidad a sus clientes por correo electrónico? ¿Dichos clientes le han dado su autorización?

Y muchas más cuestiones….

Desde Plan B Group nos preocupa que actualmente muchas organizaciones crean que están cumpliento la LOPD, cuando realmente solo han aplicado una mínima de las medidas de seguridad que la normativa obliga. Esta situación se origina por el desconocimiento del empresario y la mala calidad de las implantaciones de empresas o asesorías con una falta de cualificación profesional adecuada. Además, las multas, son muy punitivas. Hay multitud de ejemplos en donde una colocación en un tablón de anuncios de una comunidad de vecinos de datos personales protegidos o un correo electrónico con defectos legales en el envío, se castigan de media con 3.000€.

Confíe la protección de datos personales a profesionales.