Las direcciones de correo electrónico, consideradas dato de carácter personal

La protección de datos de carácter personal es un aspecto clave en la seguridad de la información para cualquier empresa en sus relaciones con sus clientes o empleados. Las sanciones en España por incumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) son las más elevadas de la Unión Europea, pero no todas las empresas llevan a cabo un riguroso cumplimiento de la misma.

En este caso, nos referimos al tratamiento de las direcciones de correo electrónico por parte de las empresas. El pasado día 15 de enero de 2011, la Audiencia Nacional sentenció a favor de un ciudadano cuyo correo electrónico personal había recibido contenido publicitario de una Asociación sin contar sin su consentimiento previo, práctica habitual (pero no legal) en las estrategias de marketing empresariales.

Un correcto tratamiento de los datos de carácter personal por parte de la empresa no sólo fortalece su imagen y mejora sus relaciones interpersonales, sino que además la protege de posibles conflictos y sanciones de alta gravedad, y para ello es fundamental contar con un buen conocimiento de la LOPD o externalizar su aplicación a otra empresa externa.

En Plan B Group, contamos con consultores expertos de la adaptación a la LOPD, contacta con nosotros para recibir más información.

 

Fuente: http://www.aranzadi.es/index.php/informacion-juridica/jurisprudencia/contencioso-administrativo/sentencia-de-la-audiencia-nacional-sala-de-lo-contencioso-administrativo-de-15-enero-2011